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UCE-Extremadura advierte que las cámaras de vigilancia deben de respetar los derechos fundamentales

UCE-Extremadura advierte que las cámaras de vigilancia deben de respetar los derechos fundamentales

 Desde la Unión de Consumidores de Extremadura se adelanta que algunos Ayuntamientos han decidido instalar cámaras de videovigilancia en sus calles, después de que esta Ley fuera aprobada en el año 1997 como una medida para paliar la violencia callejera. Ante esta situación, se quiere advertir a los ciudadanos que estas cámaras han de respetar los derechos fundamentales, así como también se ha de informar claramente de su instalación en un determinado sitio.

La inseguridad ciudadana o los robos, son algunas de las razones por las que según UCE estamos asistiendo a un incremento en la demanda tanto por  parte de los ciudadanos como de empresas públicas y privadas, en la instalación de cámaras fijas y móviles. Sin embargo, con el uso de las mismas hay quien alega que se incurre en una “intromisión ilegítima”.
    
Con la finalidad de no vulnerar el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, UCE-Extremadura quiere que los consumidores sepan que la ley ha introducido una serie de garantías que son precisas para no traspasar dicho umbral.
   
Entre estas, ha informado que para la instalación de estas cámaras se debe contar con una autorización previa , inspirado en el principio de proporcionalidad, por lo que, “la medida tiene que ser proporcionada con la finalidad pretendida”. Así, para que dicha autorización sea concedida es necesario que exista un razonable riesgo para la ciudadanía en el caso de cámaras fijas, y un peligro concreto para las móviles.
   
Por su parte, UCE-Extremadura alega que las grabaciones deberán ser destruidas en el plazo de un mes como máximo, así como que se prohíbe la cesión y copia de imágenes y sonidos,  salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas, en sendos casos.
   
Por último, informa que está totalmente prohibido filmar en el interior de las viviendas y en los vestíbulos y que si no hay una autorización expresa del titular o autorización judicial, no se podrán gravar conversaciones estrictamente privadas.

http://www.extremaduraaldia.com/

http://www.ucex.org/

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