17 de enero: juicio contra el proceso de elecciones sindicales de Junta de Extremadura
El Juzgado de los Social nº 2 de Cáceres juzgará la demanda de CGT
El juicio por la demanda de impugnación del laudo arbitral por el que se excluía a la candidatura de la Confederación General del Trabajo del proceso de elecciones sindicales de personal laboral de la Junta de Extremadura, en el colegio de Especialistas y No Cualificados de Cáceres, se celebrará el 17 de enero de 2007 a las 10.10 h. en el Juzgado de lo Social nº. 2 de Cáceres. CGT denuncia la vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad sindical tras ser excluída indebidamente de un proceso electoral plagado de irregularidades. Los sindicatos mayoritarios, UGT, CCOO y CSIF, con la pasividad y el beneplácito de la Junta de Extremadura emplearon a fondo todo su aparato e influencia para mediatizar las decisiones de las mesas electorales, controlar las actuaciones del proceso, conseguir renuncias bajo presión e impedir la subsanación de errores con un único objetivo: que CGT, como otros sindicatos minoritarios, no concurriera a las elecciones. CGT estima gravísima la vulneración no sólo de sus derechos sindicales como organización, sino los derechos fundamentales de todos los afiliados, militantes, candidatos y potenciales votantes que no pudieron hacer uso de su libertad de elección en un proceso que no ha gozado de las necesarias garantías. Otras formaciones sindicales minoritarias, como FETAP-Intersindical, SAE o SGTEX también sufrieron presiones y manejos tendentes a impedir su concurrencia. Hay decenas de testimonios de llamadas telefónicas, visitas a domicilios y al puesto de trabajo, presiones, amenazas, retiradas indebidas de lista, y otras malas prácticas sindicales para forzar la renuncia y exclusión de los candidatos de las listas minoritarias. Para CGT se trata de prácticas social, moral y legalmente inadmisibles.
La candidatura de CGT fue excluída del proceso electoral tras retirar indebidamente la Mesa Electoral algunos de sus candidatos, sin comunicar las incidencias, no habiéndose expuesto públicamente las actas, agotando los plazos de reclamación y sin dar opción a CGT a subsanar los posibles errores. CGT recuerda que doctrina del Tribunal Constitucional establecida en la reciente sentencia de 3 de julio de 2006, reconoce el derecho a que sean comunicados los posibles errores de las listas y a que se facilite la subsanación de éstos y la libre concurrencia, una circunstancia que no ha sido contemplada en un laudo arbitral que, por otra parte, rehusaba entrar en el fondo del asunto.
CGT demanda de los tribunales una tutela efectiva de libertades y derechos que constituyen el corazón de la democracia y solicita, por cumplir todos los requisitos legales, la proclamación de su candidatura y la consiguiente repetición del proceso.
Cáceres, 14-1-07
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