Comunidades subvencionadas
Al tertuliano la solidaridad le parecía bien, pero obliga, en su opinión, a las Comunidades “subvencionadas” a ser más cuidadosas, porque están manejando recursos que los ciudadanos de otras regiones han conseguido con su esfuerzo y trabajo.
Tal discurso es bastante representativo de la ideología que de forma subrepticia se ha ido imponiendo en toda la sociedad: la propiedad como derecho absoluto sin ningún sometimiento a una finalidad social; la distribución que hace el mercado es la perfecta y la política redistributiva del Estado se reduce a mera caridad, solidaridad o como se le quiera llamar, incluso expolio, robo u otras lindezas por el estilo en las versiones más extremas.
Estos supuestos se extienden a las relaciones entre las Comunidades e incluso entre los Estados. Presiden la estrategia financiera de la Unión Europea. Alemania y el resto de los países más prósperos se resisten a ser contribuyentes netos y consideran la escasa redistribución que se realiza a través del presupuesto europeo como magnanimidad de los ricos; y magnánimos y generosos se sienten los catalanes porque piensan que subvencionan otras regiones, y como consideran que la magnanimidad y la generosidad tienen límites y éstos, según ellos, se han sobrepasado, protestan y afirman que contribuyen en exceso. También las clases altas y medias altas juzgan que están excesivamente gravadas, y propugnan de manera insistente que se reduzcan los impuestos, en especial los progresivos, es decir, aquellos que hacen pagar más a los que más tienen. Hasta un Gobierno socialista defiende eliminar el Impuesto de Patrimonio.
Todos estos hechos tienen las mismas raíces: la creencia, creencia sin duda interesada, de que el mercado distribuye adecuadamente la riqueza y las rentas y que por tanto no necesita corrección. Se estima justo que unos ganen millones de euros al año, mientras otros son mileuristas; tan justo y objetivo que no precisa de ajuste alguno, y si algo de los opulentos (personas, Comunidades o Estados) se reparte entre los menos agraciados es simplemente por generosidad de los primeros y no como derecho de los segundos. Lo que cada uno gana es propio y exclusivo suyo, fruto de su trabajo; y el derecho a la propiedad, retomando la vieja acepción romana, se configura como facultad de usar, disfrutar y abusar.
Esta ideología podía ser adecuada en una sociedad primitiva marcada por la autonomía de cada familia y el autoconsumo. Correcta quizá en una sociedad en la que cada familia produce lo que consume y apenas existe el intercambio, pero pierde toda razón de ser a medida que la producción se va haciendo compleja, ya que todos los ingresos están determinados comunitariamente y condicionados por la sociedad. El multimillonario no lo sería sin una determinada estructura social que le permite obtener sus millones. El sueldo del presidente de una gran empresa y el portero de ésta se condicionan mutuamente y ambos son dependientes del resto de la sociedad.
Algo parecido ocurre con las regiones o los Estados. La riqueza de los madrileños o de los catalanes no obedece exclusivamente a su trabajo ni ha descendido del cielo, sino que se ha generado tal vez en Andalucía, Castilla-La Mancha o Extremadura; y, desde el mismo momento en que existe un mercado común, algo tienen que ver polacos, portugueses o españoles en las rentas de alemanes o daneses.
El derecho de propiedad es un derecho social antes que individual. Sólo en la sociedad, y en una sociedad organizada políticamente, tiene razón de ser y, por ello, no puede configurarse como un derecho absoluto, debe estar subordinado al interés común. Así se establece en todas las Constituciones europeas, y entre ellas en la española, cuando, al proclamar el Estado social, asumen implícitamente que el mercado no es un sistema perfecto y autorregulado; antes bien, precisa del concurso del Estado no sólo para superar en el orden técnico y económico sus defectos, sino también para compensar en el orden ético y político las injusticias de su distribución. Los mecanismos redistributivos, bien sean personales o territoriales, no son canales de solidaridad y beneficencia, se trata de derechos y partes integrantes y necesarias de la sociedad y de un Estado moderno.
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